Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 25/10/2024 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 047/2024-(01103) |
Fecha de la publicación | 25/10/2024 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 25/10/2024 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 25/10/2024 |
Ordenanza Municipal Nº 105/2024.C.D.
Allen, 10 de Octubre de 2024.
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Jorge Arnaldo Moraga Espinoza -DNI 92.414.549; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita ser reconocido como Ocupante del Lote 11 de la Manzana 277 ubicado en el Barrio El Progreso;
Que dicho reconocimiento es solo a los efectos de conectar los servicios domiciliarios;
Que según datos obrantes en la Comisión de Planeamiento Urbano y Obras Públicas, el Sr. Moraga Espinoza reside en el Lote peticionado;
Que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado, según consta en Acta N° 027/2024 de la Comisión de Planeamiento Urbano y Obras Públicas;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 10-10- 2024, según consta en Acta Nº 1534, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: RECONÓCESE como Ocupante del Lote N.C. 04-1-C-277-011, al Sr. Jorge Arnaldo Moraga Espinoza -DNI 92.414.549, por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2°: ESTABLÉCESE que: a) El reconocimiento efectuado en el Artículo 1°, es al solo efecto de la obtención y/o conexión de los servicios básicos domiciliarios, que deberá efectuar en un plazo máximo de seis meses, bajo apercibimiento de la caducidad del reconocimiento con los efectos establecidos en el Inciso b) de este Artículo. b) El reconocimiento formulado se extiende por única vez, por lo que en caso de cesión o transferencia por el título que fuese de los derechos que aquí se reconocen, antes del plazo estipulado en el Artículo 6° de la presente, perderá en el futuro la posibilidad de ser reconocido como Ocupante o tenedor de algún otro lote de carácter fiscal.
Artículo 3°: COMUNICASE al Poder Ejecutivo Municipal, y por su intermedio a la Dirección General de Gestión Territorial, dependiente de la Secretaría de Planeamiento, de la presente ocupación, y a la Dirección General de Ingresos Públicos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, a los efectos de registrar como responsable tributario al Sr. Jorge Arnaldo Moraga Espinoza -DNI 92.414.549, del Lote N.C. 04-1-C-277-011.
Artículo 4º: ESTABLÉCESE que en caso de existir deuda en el Lote mencionado, la misma quedará a cargo del nuevo Ocupante reconocido mediante la presente.
Artículo 5º: ESTABLÉCESE que el presente reconocimiento de ocupación, no legitima la titularidad dominial del Lote N.C. 04-1-C-277-011.
Artículo 6º: ESTABLÉCESE que el Lote N.C. 04-1-C-277-011, no puede ser vendido ni cedido a terceros. En cuanto a los adelantos construidos, en caso de ser vendidos, deberán solicitar la autorización de la transferencia de los mismos ante este Poder Legislativo, una vez transcurrido cinco (5) años desde la vigencia de la presente normativa.
Artículo 7º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
Ordenanza Municipal Nº 105/2024.C.D. - Resolución Municipal Nº 1829/2024 (25/10/2024)
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