logo

Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 25/10/2024  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 047/2024-(01103)  
Fecha de la publicación 25/10/2024  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 25/10/2024  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 25/10/2024  

Ordenanza Municipal Nº 107/2024.C.D. 

Allen, 10 de Octubre de 2024. 

VISTO: 

La Nota presentada por el Sr. Ricardo Maza -DNI 11.679.057; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicita ser reconocido como Ocupante del Lote N.C. 04-1-N-035-14 del Barrio La Costa Oeste; 

Que dicho reconocimiento es solo a los efectos de conectar los servicios domiciliarios;  

Que según datos obrantes en la Comisión de Planeamiento Urbano y Obras Públicas, y a los datos otorgados por el Asesor Social, el Sr. Ricardo Maza -DNI 11.679.057 habita en el Lote peticionado; 

Que no existen inconvenientes en acceder a lo peticionado, según consta en Acta N° 027/24 de la Comisión de Planeamiento Urbano y Obras Públicas; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 10-10-2024, según consta en Acta Nº 1534, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

O R D E N A N Z A 

Artículo 1°: RECONÓCESE como Ocupante del Lote N.C. 04-1-N-035-14 del Barrio La Costa Oeste, al Sr. Ricardo Maza -DNI 11.679.057, por los motivos expuestos en los Considerandos. 

Artículo 2°: ESTABLÉCESE que: a) el reconocimiento efectuado en el Artículo 1°, es al solo efecto de la obtención y/o conexión de los servicios básicos domiciliarios, que deberá efectuar en un plazo máximo de seis (6) meses, bajo apercibimiento de la caducidad del reconocimiento con los efectos establecidos en el Inciso b) de este Artículo. b) el reconocimiento formulado se extiende por única vez, por lo que en caso de cesión o transferencia por el título que fuese de los derechos que aquí se reconocen, antes del plazo estipulado en el Artículo 6° de la presente, perderá en el futuro la posibilidad de ser reconocido como ocupante o tenedor de algún otro lote de carácter fiscal. 

Artículo 3°: COMUNÍCASE al Poder Ejecutivo Municipal, y por su intermedio a la Dirección General de Gestión Territorial, dependiente de la Secretaría de Planeamiento, de la presente ocupación, y a la Dirección General de Ingresos Públicos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, a los efectos de registrar como responsable tributario al Sr. Ricardo Maza -DNI 11.679.057, como Ocupante del Lote N.C. 04-1-N-035-14 del Barrio La Costa Oeste. 

Artículo 4º: ESTABLÉCESE que en caso de existir deuda en el Lote mencionado, la misma quedará a cargo del nuevo Ocupante reconocido mediante la presente. 

Artículo 5º: ESTABLÉCESE que el presente reconocimiento de ocupación, no legitima la titularidad dominial del Lote N.C. 04-1-N-035-14. 

Artículo 6º: ESTABLÉCESE que el Lote N.C. 04-1-N-035-14 del Barrio La Costa Oeste, no puede ser vendido ni cedido a terceros. En cuanto a los adelantos construidos, en caso de ser vendidos, deberá solicitar la autorización de la transferencia de los mismos ante este Poder Legislativo, una vez transcurrido cinco (5) años desde la vigencia de la presente normativa. 

Artículo 7º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.

 

Ordenanza Municipal Nº 107/2024.C.D. - Resolución Municipal Nº 1831/2024 (25/10/2024) 

  Imprimir