logo

Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado VIGENTE FE DE ERRATAS  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 20/12/2024  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 055/2024-(01111)  
Fecha de la publicación 20/12/2024  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance GENERAL  
Fecha en que se analizó 20/12/2024  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 20/12/2024  

Ordenanza Municipal Nº 126/2024.C.D. 

Allen, 28 de Noviembre de 2024. 

VISTO: 

El Código Fiscal Municipal y las Ordenanzas Municipales N° 066/90.C.D., 089/92.C.D., 111/92.C.D., 002/13.C.D., 081/13.C.D., 002A/15.C.D., 093/16.C.D., 114/17.C.D., 133/18 CD; 121/19.C.D., 104/21 C.D., 084/22 C.D. Y 111/23 C.D; y 

CONSIDERANDO: 

Que las Tasas por Servicios Retributivos, de Vialidad Rural y el valor punto para la percepción de la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene no están sujetas a ningún tipo de índice de actualización; 

Que la amplia brecha entre el costo de los servicios prestados por el Municipio y el cobro de Tasas, genera un consumo de recursos por coparticipación para solventar gastos estructurales, imposibilitando, por ende, la utilización de los mismos para la realización y mantenimiento de obras de infraestructura en la localidad; 

Que el Estado Municipal debe garantizar una óptima prestación de los servicios y una eficiencia en el ejercicio del Poder de Policía Municipal, para asegurar una mejor calidad de vida para los vecinos; 

Que en la Nota N.º 276 del Poder Ejecutivo Municipal, presentada al Concejo Deliberante, establecen que la proyección de índice de inflación, ajustado al número estipulado por el gobierno Nacional, es del 18 al 24% y que por ello, es necesario transferir ese porcentaje al momento del cálculo anual de Tasas Retributivas Municipales; 

Que se debe garantizar la sustentabilidad del accionar del Municipio, sin generar un desfasaje amplio entre la inflación y el aumento del valor de las Tasas, en pos de lograr un mayor porcentaje de contribuyentes al día; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 28-11- 2024, según consta en Acta Nº 1541, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

O R D E N A N Z A 

Artículo 1°: FÍJANSE los Valores de las Tasas Retributivas de Servicios, por metro lineal, por bimestre, en los montos que se indican a continuación: 

 ZONA

VALOR

C

291.88

1

276.57

2

225.68

3

196.44

4

143.84

5

183.15

6

127.12

7

99.25

8

74.55

9

74.55

 

Artículo 2°: FÍJANSE los valores de las Tasas Retributivas de servicios para el Plan Habitacional Santa Catalina, por bimestre, en los montos que se indican a continuación: 

 

PAGO POR BIMESTRE

4 DORMITORIOS

$580.45

3 DORMITORIOS

$523.58

2 DORMITORIOS

$461.06

 

Artículo 3°: FÍJANSE los valores de las Tasas Retributivas de servicio, por bimestre, para los denominados 60 Departamentos, en los montos que se indican a continuación:

 

PAGO POR BIMESTRE

3 DORMITORIOS

$850.81

2 DORMITORIOS

$647.43

 

Artículo 4°: FÍJASE el valor de Tasa de Vialidad Rural, en la suma de Pesos ciento cincuenta y uno con 60/100 ($ 151.60) por hectárea y por Bimestre. 

Artículo 5°: FÍJASE el Valor Punto establecido por la Ordenanza Municipal N° 066/90.C.D., para la percepción de la Tasa por Inspección, Seguridad e Higiene en la suma de Pesos doscientos cincuenta y tres con 76/100 ($ 253.76). Se aclara que, según lo establecido en la Ordenanza Municipal N.º 018/99.C.D., este valor también regirá para el cobro de Tasas y Derechos correspondiente al Cementerio Municipal. 

Artículo 6°: ESTABLÉCESE una bonificación del cincuenta por ciento (50%) a todos aquellos contribuyentes y/o responsables de Tasas, Derechos, Contribuciones y demás obligaciones impuestas por Ordenanzas fiscales, cuando opten por el pago anual anticipado del tributo. 

Artículo 7°: ESTABLÉCESE que la presente Ordenanza Municipal comenzará a regir a partir del 01 de Enero de 2025. 

Artículo 8°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.

 

Ordenanza Municipal Nº 126/2024.C.D. - Insistida por Ordenanza Municipal Nº 167/2.024.C.D. - Promulgación tácita

  Imprimir

Acciones sobre esta norma

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
167/2024 Reglamenta 06/01/2025