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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 27/12/2024  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 056/2022-(01112)  
Fecha de la publicación 30/12/2024  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 30/12/2024  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 30/12/2024  

Ordenanza Municipal Nº 148/2024.C.D. 

Allen, 12 de Diciembre de 2024. 

VISTO: 

La Nota presentada por el Sr. Hernán Sánchez -DNI 23.666.923; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma, solicita condonación de la deuda en concepto de Tasa de Depósito, correspondiente a secuestro preventivo de motovehículo del cual no es el propietario; 

Que la Ordenanza Municipal Nº 059/2020.C.D., establece en su Artículo 9°, que serán sujetos pasivos de la Tasa de Depósito el propietario del bien y el infractor, ambos de forma solidaria; 

Que el Sr. Sánchez abonó en su totalidad la multa por contravención y a los fines de la obtención de su Licencia para Conducir, necesita Libre Deuda Municipal; 

Que el Titular registral del motovehículo ha manifestado su voluntad de abandono voluntario del bien en cuestión; 

Que mientras se realice el procedimiento de abandono voluntario según lo estipulado en la Ordenanza Municipal Nº 059/2020.C.D., es necesario exceptuar al Sr. Sánchez del requisito de Libre Deuda Municipal originado por la contravención mencionada, para los trámites que así lo requieran; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12-12- 2024, según consta en Acta Nº 1543, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal, a exceptuar al Sr. Hernán Sánchez -DNI 23.666.923, del requisito Libre Deuda Municipal, para todo trámite que así lo requiera, y que surja del tributo originado por el secuestro preventivo Acta Nº 0934/21, debiendo cumplimentar con los demás requisitos establecidos en la normativa para los diferentes trámites, por los motivos expuestos en los Considerandos. 

Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.

 

Ordenanza Municipal Nº 148/2024.C.D. - Resolución Municipal Nº 2271/2.024 (27/12/2.024) 

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