Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | VIGENTE |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 29/09/2020 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 036/2020-(00000) |
Fecha de la publicación | 26/10/2020 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 27/10/2020 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Ordenanza Municipal N°70/2020.C.D.
Allen, 18 de Septiembre de 2020.
VISTO:
La imprescindible necesidad de mejorar la calidad de vida y la accesibilidad de las personas con discapacidad visual; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 consagra el principio de igualdad para todos los habitantes de nuestro país;
Que la principal función de un semáforo es facilitar el control del tránsito de vehículos y peatones, de manera que pasen alternadamente a través de la intersección en forma ordenada y segura;
Que la instalación de dispositivos sonoros en semáforos constituye un sistema que auxilia a las personas con discapacidad visual, al momento de cruzar la calle;
Que este sistema permite a las personas con discapacidad visual soliciten el paso, mediante un transmisor o pulsador de manera que el semáforo más próximo, al cambiar a luz verde, active una señal de sonido;
Que en los países desarrollados y en las ciudades más importantes y organizadas de nuestro país, este y otros sistemas de ayuda para personas con alguna discapacidad, les permiten integrarse con mayor libertad al entorno en el que viven;
Que la vista es una función muy importante en el ser humano, ya que sin este sentido no podemos apreciar lo que existe en nuestro medio ambiente;
Que cabe mencionar que los servicios y dispositivos cotidianos se han pensado para personas que gozamos de este sentido, dejando olvidadas a las personas con discapacidad visual, por lo que son vulnerables a infinidad de situaciones de riesgo;
Que las personas con discapacidad visual han tenido que desarrollar sus otros sentidos (gusto, olfato, tacto, oído) con el fin de poder integrarse y desenvolverse con mayor libertad en su medio ambiente;
Que mejorar la calidad de vida y accesibilidad de las personas con alguna discapacidad u otras limitaciones son principios consagrados en todo el andamiaje legal nacional, provincial y municipal;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 18-09-2020, según consta en Acta N° 1358 se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: DISPÓNGASE la instalación de dispositivos sonoros para personas con discapacidad visual en los semáforos instalados y a instalarse en la ciudad de Allen.
Artículo 2°: La instalación de tales dispositivos se realizará respetando que la emisión sonora producida por los mismos sea uniforme y no provoque contaminación, además de ser fácilmente identificable por las personas invidentes, evitando confusiones con los sonidos urbanos habituales, teniendo en cuenta fundamentalmente, los siguientes ítems:
1) Condición Técnica Óptima.
2) Relación Costo-Calidad.
3) Eficiencia y eficacia en el cumplimiento del objetivo buscado.
4) Que dichos dispositivos sean homologados y no superen los decibeles permitidos.
Artículo 3°: La instalación de dispositivos sonoros en los semáforos se realizará en forma progresiva. A tales efectos, la Dirección de Tránsito y Transporte Municipal, previo estudio de factibilidad y en función de la disponibilidad presupuestaria, determinará los sectores más adecuados para cumplimentar la finalidad de la presente.
Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 070/2020.C.D. - Resolución Municipal N°1197/2020 (29/09/2020)
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