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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado VIGENTE  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 02/11/2020  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 041/2020-(00890)  
Fecha de la publicación 09/11/2020  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 11/11/2020  
Controlado por INTENDENCIA  

ORDENANZA MUNICIPAL N°79/2020.C.D. 

Allen, 16 de Octubre de 2020.

VISTO: 

La necesidad de resolver y alivianar uno de los problemas que existe, no sólo en nuestra Ciudad, sino también en las localidades vecinas, en relación al transporte interurbano de pasajeros; y 

CONSIDERANDO: 

Que entre otros Municipios, el de la Ciudad de Neuquén Capital suscribió el día 02 de Diciembre de 2019, un Convenio para la implementación y puesta en funcionamiento de estaciones ferroviarias en esa Capital, lo que generará la extensión del tren de pasajeros, la que hoy solamente recorre las ciudades de Cipolletti y Neuquén; 

Que la unión del Tren del Valle entre las ciudades de Cipolletti y Allen, será una vía de comunicación que acerque e integre a la población, lo cual hace a su desarrollo social, dado que los potenciales usuarios podrán, con menores costos, movilizarse de forma ágil y rápida; 

Que en Abril de 2015, el Congreso de la Nación sancionó la Ley Nº 27.132, que establece la “política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas, renovación y mejoramiento de la infraestructura ferroviaria, incorporación de tecnologías y servicios”; 

Que se encomendó al Poder Ejecutivo Nacional a “adoptar las medidas necesarias a los fines de reasumir la plena administración de la infraestructura ferroviaria en todo el territorio nacional y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, pudiendo a tal fin resolver, desafectar bienes, rescatar, reconvenir o en su caso renegociar los contratos de concesión suscritos”; 

Qué asimismo, se estableció la “modalidad de acceso abierto a la red ferroviaria nacional para la operación de los servicios de transporte de cargas y de pasajeros”; 

Que desde el Honorable Senado de la Nación, coordinadamente con la Cámara de Diputados se lograron incorporar los recursos presupuestarios en la Ley de Presupuesto 2017, para la ampliación de este ramal ferroviario de pasajeros entre Chichinales y Senillosa; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 16- 10-2020, según consta en Acta Nº 1362 se aprobó el pertinente Proyecto;

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: AUTORÍZASE a la Sra. Intendente Municipal de la Ciudad de Allen, a suscribir un Convenio con la Empresa estatal Trenes Argentinos, para habilitar una Estación del “Tren del Valle” Interurbano de pasajeros, y de ésta forma generar una nueva unión y comunicación entre puntos estratégicos del Alto Valle. 

Artículo 2º: FACÚLTASE al Poder Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Allen, crear y/o disponer de las partidas presupuestarias necesarias y todo lo que haga a las necesidades para la implementación de una nueva estación del Tren del Valle en la localidad, la que deberá emplazarse en inmediaciones de la emblemática Ex Estación del Ferrocarril, espacio donde actualmente funciona el Museo Municipal de la Ciudad de Allen. 

Artículo 3°: INVÍTASE a los Concejos Deliberantes y/o Poderes Ejecutivos de las Municipalidades ubicadas dentro de la traza del ferrocarril ubicadas entre las localidades comprendidas en el tramo Fernández Oro-Chichinales, a generar legislación que haga a la suma de iniciativas que sirvan a la necesidad de aunar criterios respecto a la ampliación en el recorrido del “Tren del Valle”. 

Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese. 

 

ORDENANZA MUNICIPAL N°79 - Resolución Municipal N°1388/2020 (02/11/2020) 

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