Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 30/11/-0001 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 044/2020-(00893) |
Fecha de la publicación | 30/11/-0001 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | GENERAL |
Controlado por | INTENDENCIA |
ORDENANZA MUNICIPAL N° 84/2020.C.D.
Allen, 16 de Octubre de 2020.
VISTO:
El Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 716/2020 el cual crea el nuevo “Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales”, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina el día 03 de Septiembre de 2020; y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Desarrollo Productivo oficializó que el nuevo Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales destinará en los próximos doce (12) meses, más de Pesos Tres Mil Millones ($ 3.000.000.000) en aportes y financiamiento;
Que el Programa contempla herramientas destinadas al financiamiento de estudios para la constitución, ampliación o regularización de Parques industriales;
Que dicho Programa tiene como objetivo ampliar el universo de Parques Industriales Registrados y fortalecer las capacidades de los Gobiernos locales para la gestión de proyectos, como así también apoyar una planificación de las inversiones públicas en cada una de las jurisdicciones, para contribuir al desarrollo económico y social;
Que dadas las nuevas formas de producción basadas en el uso intensivo de tecnologías y nuevos conocimientos que aplican las industrias, es menester acompañar este cambio de paradigma con una nueva clasificación de agrupamientos productivos, que contemple esta especificidad caracterizada por la incorporación de innovación a partir de los vínculos necesarios entre el sector de ciencia, tecnología y educación, como así también el sector productivo;
Que en dicho contexto, se tiene como finalidad facilitar la radicación de empresas en un Parque Industrial, como así también potenciar las sinergias derivadas de la localización común de las que ya estén radicadas, promover la competitividad de los sectores, incentivar las exportaciones, fomentar la mejora de las capacidades en innovación e impulsar la integración de valor en la industria y los servicios;
Que es imprescindible un alto grado de coordinación y cooperación entre los diferentes Organismos de la Administración Pública y niveles jurisdiccionales, para dar cumplimiento a los objetivos propuestos con el consecuente robustecimiento del sistema federal y el aprovechamiento de las economías regionales como complemento indispensable de las Políticas Nacionales de desarrollo;
Que en ese orden, se prevé la coordinación con el Ministerio de Obras Públicas de la Nación y la Dirección Nacional de Vialidad u otro Organismo que corresponda, para asistir conjuntamente la realización de obras de infraestructura extramuros que potencien la ejecución de proyectos que den respuestas a las necesidades regionales y sectoriales;
Que, frente a los nuevos desafíos que está experimentando el mundo del trabajo, los cambios tecnológicos, las tendencias demográficas, sociales y ambientales, se considera oportuno fomentar el desarrollo de los Parques Industriales impulsando esquemas de asociativismo y cooperativismo en procura de un desarrollo industrial sostenible;
Que la asistencia financiera estará destinada a la ejecución de obras de infraestructura intramuros, según características del Parque, radicación de empresas o ampliación de sus capacidades productivas, la adquisición de lotes por parte de los Parques Industriales y a las obras de infraestructura extramuros en Parques Industriales Públicos y Mixtos, las que se efectivizarán a través de los Organismos Públicos Nacionales o locales con competencia en la materia de que se trate, con intervención previa del Observatorio Nacional de Parques Industriales creado en el Artículo 3° del citado Decreto;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 16- 10-2020, según consta en Acta Nº 1362 se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: ENCOMIÉNDASE al Poder Ejecutivo Municipal de la ciudad de Allen, a suscribir Convenios con el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, Ministerio de Obras Públicas de la Nación, Dirección Nacional de Vialidad y/o aquel que se considere necesario, a los fines de concretar obras de infraestructura extramuros que potencien la ejecución de proyectos que den respuestas a las necesidades, tanto del Parque Industrial de Allen (P.I.A) como así también del Parque Industrial Norte.
Artículo 2º: AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal de Allen a que, una vez que se encuentren inscriptos los Parques Industriales en el REGISTRO NACIONAL DE PARQUES INDUSTRIALES (RENPI), suscribir todo tipo de instrumentos legales, a fines del otorgamiento de Aportes No Reintegrables (ANR), Bonificación de Tasas de Interés de Créditos o Ejecución de Obra Pública destinados a:
I) Financiar estudios para la constitución, ampliación y/o regularización de los Parques Industriales detallados en el Artículo 1º de la presente, y de aquellos que se pudieren constituir.
II) Financiar obras intramuros.
III) Financiar la radicación de empresas.
IV) Financiar la ampliación de las capacidades productivas de empresas radicadas.
V) Financiar la adquisición de lotes.
Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 84/2020.C.D - Resolución Municipal N° 1393/2020 (02/11/2020)
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