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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 30/11/-0001  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 044/2020-(00893)  
Fecha de la publicación 30/11/-0001  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Controlado por INTENDENCIA  

ORDENANZA MUNICIPAL N° 90/2020.C.D. - Resolución Municipal N°1413/2020 (06/11/2020) 

Allen, 30 de Octubre de 2020.

VISTO: 

La Nota presentada por el Sr. Diego Alberto Ninaja - DNI 34.626.925; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicita ser reconocido como Ocupante del lote 2 de la Manzana 266 ubicado en el Asentamiento Poblacional denominado Islas Malvinas; 

Que según datos obrantes en la Comisión de Planeamiento y Desarrollo Urbano, el lote mencionado registra como últimos Ocupantes al Sr. Diego Alberto Ninaja y a la Sra. María Elisa Cuajira Caguacire, mediante Ordenanza Municipal N° 031/15.C.D.; 

Que el día 15 de Julio de 2020, el Sr. Ninaja, adjunta a su documentación Nota de la Sra. Cuajira mediante la cual renuncia a todo derecho que tenga sobre el lote solicitado y también la certificación mediante Notario Titular de la firma de la Sra. Cuajira; 

Que mediante Nota N° 096/2020 del Poder Ejecutivo Municipal, se adjunta Estado de Cuenta actualizado en concepto de Tasas Retributivas de la N.C. 04- 1-B-266-02-F000 y la misma presentaba deudas, por lo que se encomendará al Poder Ejecutivo que, previo al otorgamiento del Certificado de Ocupación, el señor cancele la deuda o realice un plan de pago; 

Que no existen inconvenientes en acceder a lo peticionado, según consta en Acta N° 021/2020 de la Comisión de Planeamiento y Desarrollo Urbano; 

Que se hace necesario modificar el Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 031/15.C.D.; 

Que dicho reconocimiento será al solo efecto de regularizar los servicios domiciliarios a su nombre; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 30- 10-2020, según consta en Acta Nº 1365 se aprobó el pertinente Proyecto;

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: MODIFÍCASE el Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 031/15.C.D., donde dice: “Manzana 266, Nº Lote 02 - Ninaja Diego Alberto - DNI 34.626.925 y Cuajira Caguacire María Elisa - DNI 39.699.816”, deberá decir: “Manzana 266, Nº Lote 02 - Ninaja Diego Alberto – DNI 34.626.925”, por los motivos expuestos en los Considerandos. 

Artículo 2º: ESTABLÉCESE que el Poder Ejecutivo Municipal deberá otorgar el reconocimiento de ocupación al Sr. Diego Alberto Ninaja DNI 34.626.925, una vez que haya cancelado la deuda en concepto de Tasas Retributivas o realizado el plan de pago de la misma. 

Artículo 3°: ESTABLÉCESE que el reconocimiento de ocupación es al solo efecto de conectar los servicios domiciliarios correspondientes a la zona. 

Artículo 4º: ESTABLÉCESE que el Lote N.C. 04-1-B-266-02, no puede ser vendido ni cedido a terceros. En caso de ser vendidos los adelantos construidos, se deberá solicitar la autorización de transferencia de los mismos ante este Poder Legislativo. 

Artículo 5º: COMUNÍCASE al Poder Ejecutivo Municipal, y por su intermedio a la Dirección General de Gestión Territorial, dependiente de la Secretaría de Planeamiento, de la presente ocupación, y a la Dirección de Ingresos Públicos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, a los efectos de registrar como responsable tributario al Sr. Diego Alberto Ninaja DNI 34.626.925, del Lote N.C. 04-1-B266-02, ubicado en el Asentamiento Poblacional denominado Islas Malvinas. 

Artículo 6º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.

 

ORDENANZA MUNICIPAL N° 90/2020.C.D. - Resolución Municipal N°1413/2020 (06/11/2020) 

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Acciones sobre otras normas

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
031/2015 Modificación 01/01/2020
036/2012 Modificación 01/01/2020