Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | CONDICIONADA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 21/12/2020 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 001/2021-(00897) |
Fecha de la publicación | 05/01/2021 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 06/01/2021 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 06/01/2021 |
Ordenanza Municipal N° 99/2020.C.D.
Allen, 04 de Diciembre de 2020.
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. María Yolanda Alvarez Garreton - DNI 92.963.453; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la misma solicita ser reconocida como Ocupante del Lote ubicado en calle Paraguay 463 del Barrio El Progreso;
Que, mediante Certificado N° 078/2020 se informa que la Nomenclatura Catastral del Lote es 04-1-C-005-04-16 y la misma no registra reconocimiento de ocupación alguno;
Que, según datos obrantes en la Comisión de Planeamiento y Desarrollo Urbano, la solicitante reside en el Lote peticionado;
Que, mediante Nota N° 115/2020 - Secretaría de Hacienda - Poder Ejecutivo Municipal, se adjunta Estado de Cuenta actualizado en concepto de Tasas Retributivas de la N.C. 04-1-C-005-04-F016 y la misma presenta deudas, por lo que se encomendará al Poder Ejecutivo que, previo al otorgamiento del certificado de Ocupación, la Sra. cancele la deuda o realice un plan de pagos;
Que, dicho reconocimiento será al solo efecto de regularizar los servicios domiciliarios a su nombre;
Que, no existen inconvenientes en acceder a lo peticionado, según consta en Acta N° 026/2020 de la Comisión de Planeamiento y Desarrollo Urbano;
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 04-12-2020, según consta en Acta Nº 1371 se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: RECONÓCESE como Ocupante del Lote N.C. 04-1-C-005-04- F016 del Barrio El Progreso, a la Sra. María Yolanda Alvarez Garreton - DNI 92.963.453 por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2º: ESTABLÉCESE que el Poder Ejecutivo Municipal deberá otorgar el reconocimiento de Ocupación, una vez que la Sra. Alvarez Garreton haya cancelado la deuda en concepto de Tasas Retributivas o realizado el plan de pago de la misma.
Artículo 3º: ESTABLÉCESE que el reconocimiento de ocupación es al solo efecto de conectar los servicios domiciliarios correspondientes a la zona.
Artículo 4º: OTÓRGASE un plazo máximo de sesenta días (60) días corridos a partir de la entrada en vigencia de la presente, para solicitar los servicios domiciliarios a nombre de la Sra. María Yolanda Álvarez Garreton - DNI 92.963.453. Una vez realizada la solicitud, deberá presentar constancia del trámite realizado ante el Poder Ejecutivo Municipal.
Artículo 5°: El no cumplimiento del plazo otorgado en el Artículo 4°, dejará sin efecto el reconocimiento de Ocupación y el Poder Ejecutivo Municipal deberá comunicarlo ante este Poder Legislativo, para proceder a la Derogación de la norma.
Artículo 6°: ESTABLÉCESE que el Lote N.C. 04-1-C-005-04-F016, no puede ser vendido ni cedido a terceros. En caso de ser vendidos los adelantos construidos, se deberá solicitar la autorización de transferencia de los mismos ante este Poder Legislativo.
Artículo 7º: COMUNÍCASE al Poder Ejecutivo Municipal, y por su intermedio a la Dirección General de Gestión Territorial dependiente de la Secretaría de Planeamiento, de la presente ocupación, y a la Dirección de Ingresos Públicos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, a los efectos de registrar como responsable tributario a la Sra. María Yolanda Alvarez Garreton - DNI 92.963.453 del Lote N.C. 04-1-C-005-04-F016 del Barrio El Progreso.
Artículo 8º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 099/2020.C.D. - Resolución Municipal Nº 1573/2020 (21/12/2020)
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