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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado CONDICIONADA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 21/12/2020  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 001/2021-(00897)  
Fecha de la publicación 05/01/2021  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 07/01/2021  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 07/01/2021  

Ordenanza Municipal N° 100/2020.C.D.

Allen, 04 de Diciembre de 2020.

VISTO: 

La Nota presentada por la Sra. Fiamma Stefanía Cabanné - DNI 36.499.798; y 

CONSIDERANDO: 

Que, mediante la misma solicita ser reconocida como Ocupante del Lote N.C. 04-1-B-265-19 ubicado en el Asentamiento Poblacional denominado Islas Malvinas; Que según Nota N° 489/2020.S.P. del Poder Ejecutivo Municipal, el Lote N.C. 04-1-B-265-19 no registra posesión alguna y la solicitante no es beneficiaria de ningún lote social; 

Que, según datos obrantes en la Comisión de Planeamiento y Desarrollo Urbano, la solicitante reside en el lote peticionado; 

Que, mediante Nota N° 096/2020 Secretaría de Hacienda – Poder Ejecutivo Municipal, se adjunta Estado de Cuentas actualizado en concepto de Tasas Retributivas de la N.C. 04-1-B-265-19 y la misma presenta deudas, por lo que se encomendará al Poder Ejecutivo que previo al otorgamiento del Certificado de ocupación de ocupación, la Sra. Cancele la deuda o realice un plan de pagos; 

Que, dicho reconocimiento será al solo efecto de regularizar los servicios domiciliarios a su nombre; 

Que, no existen inconvenientes en acceder a lo peticionado, según consta en Acta N° 026/2020 de la Comisión de Planeamiento y Desarrollo Urbano;

Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 04-12-2020, según consta en Acta Nº 1371 se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: RECONÓCESE como Ocupante del Lote N.C. 04-1-B-265-19 del Asentamiento Poblacional denominado Islas Malvinas, a la Sra. Fiamma Stefanía Cabanné - DNI 36.499.798 por los motivos expuestos en los Considerandos. 

Artículo 2º: ESTABLÉCESE que el Poder Ejecutivo Municipal deberá otorgar el reconocimiento de ocupación, una vez que la Sra. Cabanné haya cancelado la deuda en concepto de Tasas Retributivas o realizado el plan de pago de la misma. 

Artículo 3º: ESTABLÉCESE que el reconocimiento de ocupación es al solo efecto de conectar los servicios domiciliarios correspondientes a la zona. 

Artículo 4º: OTÓRGASE un plazo máximo de sesenta días (60) días corridos a partir de la entrada en vigencia de la presente, para solicitar los servicios domiciliarios a nombre de la Sra. Fiamma Stefanía Cabanné - DNI 36.499.798. Una vez realizada la solicitud, deberá presentar constancia del trámite realizado ante el Poder Ejecutivo Municipal. 

Artículo 5º: El no cumplimiento del plazo otorgado en el Artículo 4°, dejará sin efecto el reconocimiento de ocupación y el Poder Ejecutivo Municipal deberá comunicarlo ante este Poder Legislativo, para proceder a la Derogación de la norma. 

Artículo 6º: ESTABLÉCESE que el Lote N.C. 04-1-B-265-19, no puede ser vendido ni cedido a terceros. En caso de ser vendidos los adelantos construidos, se deberá solicitar la autorización de transferencia de los mismos ante este Poder Legislativo. 

Artículo 7º: COMUNÍCASE al Poder Ejecutivo Municipal, y por su intermedio a la Dirección General de Gestión Territorial, dependiente de la Secretaría de Planeamiento, de la presente ocupación, y a la Dirección de Ingresos Públicos, dependiente de la Secretaría de Hacienda, a los efectos de registrar como responsable tributario a la Sra. Fiamma Stefanía Cabanné - DNI 36.499.798 del Lote N.C. 04-1-B-265-19 del Asentamiento Poblacional denominado Islas Malvinas. 

Artículo 8º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese. 

 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 100/2020.C.D. -  Resolución Municipal Nº 1570/2020 (21/12/2020)

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