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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado VIGENTE  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación DE HECHO  
Fecha de la promulgación 25/12/2020  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 008/2021-(00904)  
Fecha de la publicación 02/02/2021  
Observaciones

Promulgación Tácita

 
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 03/02/2021  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 03/02/2021  

Ordenanza Municipal N° 114/2020.C.D.

Allen, 11 de Diciembre de 2020.

VISTO: 

La Nota presentada por el Sr. Federico Segundo Espinel - DNI 40.707.276; y 

CONSIDERANDO: 

Que. mediante la misma solicita Habilitación Comercial por vía de excepción para desarrollar actividad económica de aberturas de aluminio en instalaciones de Lote ubicado en calle Corrientes 370 de la ciudad de Allen; 

Que, al momento de comenzar esta actividad comercial, hace más de cinco (5) años, no estaba en vigencia la Ordenanza Municipal Nº 086/2016.C.D - Plan Rector de la ciudad de Allen; 

Que, la actividad se desarrolla con mucho esfuerzo en un terreno de su propiedad, teniendo conocimiento que este tipo de actividades no están permitidas según la normativa vigente - Zonificaciones, por el momento, no les es posible comprar o disponer un terreno en el Parque Industrial; 

Que, no existe inconveniente en aprobar por vía de excepción, la autorización para ejercer esta actividad comercial, según consta en Acta Nº 028/2020 de la Comisión de Gobierno; 

Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 11-12-2020, según consta en Acta Nº 1372 se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA

Artículo 1º: AUTORÍZASE por vía de excepción a la Ordenanza Municipal Nº 086/16.C.D. - Plan Rector de Allen - Capítulo V - Zonificación, al Sr. Federico Segundo Espinel - DNI 40.707.276, para ejercer actividad comercial en terreno ubicado en Calle Corrientes 370 de la ciudad de Allen. 

Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese. 

 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 114/2020.C.D.

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