Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | VIGENTE |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 28/05/2021 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 020/2021-(00946) |
Fecha de la publicación | 12/06/2021 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | GENERAL |
Fecha en que se analizó | 14/06/2021 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 14/06/2021 |
Ordenanza Municipal N° 017/2021.C.D.
Allen, 30 de abril de 2021.
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Daniel Alberto Zalazar - DNI 13.779.247; y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la misma, solicita excepción para obtener Licencia Comercial para su Depósito rubro Descartables, el cual pertenece al local comercial ubicado en calle Belgrano 62;
Que, el mencionado Depósito se encuentra en un lugar estratégico para la realización de su actividad, ya que está ubicado en frente del local comercial de atención al público;
Que, para poder continuar con el trámite de la habilitación comercial, es necesario autorizar la excepción, ya que no cumple con lo establecido en el Capítulo VIII - Plan Rector – de la Ordenanza Municipal Nº 086/16.C.D., de la ciudad de Allen;
Que, no existen inconvenientes para acceder a lo solicitado;
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 30-04-2021, según consta en Acta Nº 1382 se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal - Secretaría de Gobierno - Dirección Habilitaciones, a exceptuar al Sr. Daniel Alberto Zalazar - DNI 13.779.247, a lo establecido en el Capítulo VIII Sección 2 – Clasificación de Usos – y Capítulo VIII Sección 4 – Definiciones y características de los usos clasificados según su naturaleza, de la O.M. Nº 86/16.C.D. – Plan Rector de la ciudad de Allen, a fin de continuar con el trámite de Habilitación Comercial, el cual deberá cumplimentar con los demás requisitos establecidos en el mismo cuerpo legal.
Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.
Ordenanza Municipal Nº 017/2021.C.D.- Resolución Municipal N° 743/2021 (28/05/2021)
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