Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 11/11/2009 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 029/2009-(00602) |
Fecha de la publicación | 19/11/2009 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 19/11/2009 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 19/11/2009 |
Ordenanza Municipal Nº 079/2009.C.D.
Allen, 29 de Octubre de 2009.
VISTO:
La necesidad de asignar nombres a las calles del denominado Barrio La Costa Oeste; y
CONSIDERANDO:
Que, dicho Barrio está constituido por población ligada a las actividades rurales;
Que, existen tradiciones gauchas arraigadas entre los vecinos que se visualizan en las diferentes fiestas gauchas que se organizan en el Barrio;
Que, dentro de las tradiciones gauchas los caballos ocupan un lugar preponderante que hace a nuestra identidad argentina;
Que, poner el nombre de diferentes clasificaciones de equinos tales como Alazán, Picaso, Zaino, Malacara, como así también juegos, términos como Chinclana, Tropilla, Bagual, Espuela hacen a la cultura criolla;
Que, en Sesión Ordinaria celebrada el 29/10/09, según consta en Acta Nº 913, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: DENOMÍNASE “La Tropilla” a la calle interna desde la calle Isidoro Maza en dirección O-E lindando al límite Sur de la Manzana 045.-
Artículo 2º: DENOMÍNASE “El Alazán” a la calle interna entre Isidoro Maza y El Bagual sobre el límite Sur de la Manzana 035, dirección E-O.-
Artículo 3º: DENOMÍNASE “Picaso” a la calle interna entre Isidoro Maza y El Bagual sobre el límite Norte de la Manzana 035, dirección E-O.-
Artículo 4º: DENOMÍNASE “La Espuela” a la calle interna desde la calle Isidoro Maza en dirección O-E lindando el límite Norte de la Manzana 045.-
Artículo 5º: DENOMÍNASE “El Zaino” a la calle interna que va desde La Espuela a La Florida, entre las Manzanas 043 y 044, dirección N-S.-
Artículo 6º: DENOMÍNASE “La Chinclana” a la calle interna entre las calles Rawson y Chos Malal limitando con las Manzanas 032 y 031A.-
Artículo 7º: DENOMÍNASE “Malacara” a la calle interna entre las calles Rawson y Chos Malal, limitando con las Manzanas 031A y 031B.-
Artículo 8º: DENOMÍNASE “El Bagual” desde la calle El Alazán a la Costanera, limitando con las Manzanas 035-034-036.-
Artículo 9º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 079/2009.C.D. - Resolución Municipal Nº 1234/2009 (11/11/09)
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