Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | VIGENTE |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 18/12/2019 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 001/2020-(00850) |
Fecha de la publicación | 10/01/2020 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | GENERAL |
Fecha en que se analizó | 10/01/2020 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 10/01/2020 |
Ordenanza Municipal Nº 097/2019.C.D.
Allen, 21 de Noviembre de 2019.
VISTO:
La necesidad de contar con un Código de Edificación Urbano; y
CONSIDERANDO:
Que, es necesario establecer normas que regulen las obras de edificación, fueren de construcción, modificación (ampliación o alteración), refacción y/o demolición, inspección reglamentaria de la ocupación y mantenimiento de predios, edificios e instalaciones comunes y especiales dentro del Ejido municipal;
Que, sin perder las particularidades de la idiosincrasia local, el proyecto tiene como horizonte la implementación de parámetros claros de regulación normativa que conlleven a ordenar el crecimiento edilicio de la ciudad;
Que, un ordenamiento específico y moderno sobre el tema nos permitirá regular con imparcialidad los derechos de los propietarios a la luz de parámetros de interés general que no pueden olvidarse;
Que, de la elaboración y proyección de este Código han participado profesionales altamente calificados en planificación Urbana de la Universidad de Flores;
Que, en el mismo sentido han tenido participación activa un grupo de Arquitectos, Ingenieros Civiles y Maestros Mayores de obras de nuestra localidad realizando aportes sumamente importantes y significativos al mismo;
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 21-11-19, según consta en Acta Nº 1330, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: APRUÉBASE el Código de Edificación de la Ciudad de Allen, que consta de cuatro (4) Títulos, trescientos once (311) Artículos en ciento veintiún (121) fojas útiles, que como Anexo I forma parte inescindible de la presente, por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2°: DERÓGASE toda normativa vigente, que se contraponga a lo establecido por el Código de Edificación aprobado en el Artículo 1° de la presente.
Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 097/2019.C.D. - Resolución Municipal Nº 2150/2019 (18/12/19)
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