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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 15/10/2019  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 022/2019-(00840)  
Fecha de la publicación 22/10/2019  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 22/10/2019  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 22/10/2019  

Ordenanza Municipal Nº 60/2019.C.D.

Allen, 12 de Septiembre de 2019.

VISTO: 

La Nota presentada por el Sr. Agrimensor Claudio Javier Diazzi; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicita la aprobación del proyecto de fraccionamiento por vía de excepción, de la parcela ubicada en el ejido de la ciudad N.C. 04- 1-J-004-Parcela 13A, propiedad de las Sras. Virginia Andrea Campetella, Silvana Laura Campetella y María Cecilia Campetella; 

Que es necesario fraccionar la misma en dos parcelas, resultando una de ellas de 4 has 30 a y 07 ca, superficie inferior a lo establecido en el Plan Rector y la otra en una parcela de 10 has., aproximadamente; 

Que desde el aspecto geométrico se debería cumplimentar con la división de la parcela que permite el Plan Rector pero esta situación implica que se deba modificar el sistema de riego que actualmente tiene toda la parcela, debido a la forma irregular de la misma; 

Que al no cumplir con lo establecido en las normas vigentes, es que solicita la excepción; Que no existen inconvenientes para acceder a lo solicitado; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12-09-19, según consta en Acta Nº 1320, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1°: AUTORÍZASE a las Sras. Virginia Andrea Campetella - DNI 16.816.943, Silvana Laura Campetella - DNI 17.239.691 y María Cecilia Campetella - DNI 21.384.293, por vía de excepción a las normas en vigencia, a subdividir el inmueble N.C. 04- 1-J-004-Parcela 13A en dos lotes, quedando un lote de 10 Ha. y otro lote de 4 Ha. 30 a. 7 ca., según croquis que como Anexo I forma parte de la presente, por los motivos expuestos en los Considerandos. 

Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese. 

 

Ordenanza Municipal Nº 060/2019 - Resolución Municipal Nº 1777/19 (15/10/19) 

La Ordenanza Municipal Nº 069/19 que insiste en la sanción de la esta norma.

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Acciones sobre esta norma

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
069/2019 Reglamenta 29/10/2019

Archivos adjuntos a esta norma

Anexo I.pdf 

Descriptores de esta norma