Ordenanza Municipal Nº 056/2019.C.D.
Allen, 12 de Septiembre de 2019.
VISTO:
La Nota presentada por el Sr. Guillermo Bartolomé, por Grupo Bartolomé S.A.; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita al Concejo Deliberante autorización, por vía de excepción, para fraccionar las parcelas 04-1-C-007-09B y 10A;
Que mediante Ordenanza Municipal Nº 015/15.C.D. se modificó la zona de la designación catastral 04-1-C-007-09, la cual posteriormente se fraccionó adecuándose a las características de la zona;
Que las nomenclaturas mencionadas se encuentran adyacentes a barrios en proceso de consolidación y ocupación efectiva de los lotes, como así también cercanas a asentamientos en proceso de regularización;
Que la petición del Sr. Bartolomé es formulada con la intención de proceder al loteo proyectado en el plano adjunto a la presente, con las mismas condiciones de los loteos que se encuentran adyacentes; Que en dichos planos se respetan los Espacios Verdes y Reservas Fiscales;
Que las designaciones catastrales 04-1—C007-09B y 10A se encuentran en un sector circundante que rige esa categoría por lo que no sería lógico negar esta solicitud;
Que esta propuesta resulta beneficiosa para el desarrollo económico dentro del ejido de Allen;
Que no existen inconvenientes para acceder a lo solicitado; Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12-09-19, según consta en Acta Nº 1320, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: AUTORÍZASE por vía de excepción a las normas en vigencias, al Sr. Guillermo Bartolomé - DNI 20.561.924, a proceder al loteo de las Nomenclaturas Catastrales 04-1-C-007-09B y 10A, según Plano de Mensura, que como Anexo I se adjunta a la presente.
Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 056/2019.C.D. - Resolución Municipal Nº 1776/19 (15/10/19)
Promulga la Ordenanza Municipal Nº 068/2019.C.D. que insiste en la sanción de la norma.
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