Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
---|---|
Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 22/08/2019 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 018/2019-(00836) |
Fecha de la publicación | 04/09/2019 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
---|---|
Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 04/09/2019 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 04/09/2019 |
Ordenanza Municipal Nº 050/2019.C.D.
Allen, 15 de Agosto de 2019.
VISTO:
Las Ordenanzas Municipales N° 075/09.C.D. y N° 004/17.C.D.; y
CONSIDERANDO:
Que el Art. 3° de la Ordenanza Municipal N° 075/09.C.D. restablece el valor de la Unidad de Sanción Municipal equivalente al valor de un litro de nafta especial, de acuerdo a los importes publicados por la Empresa YPF;
Que es necesario en la situación actual fijar el tope del valor del litro de nafta especial, por esta vez en el precio del mismo en fecha 12-08-2019;
Que este tope no afectará la aplicación de la Ordenanza N° 004/17.C.D., por cuanto estaríamos restringiendo el funcionamiento normal de las contrataciones;
Que la actual situación económica que afecta a la comunidad en general, dificulta a los vecinos mantener al día los pagos de sus obligaciones;
Que el valor de los combustibles afectados por la inestabilidad cambiaria, ha tenido significativos incrementos que dificultan aun más el complimiento de obligaciones de los vecinos;
Que toda norma debe contener intrínsecamente validez y eficacia, las que dependen de su posibilidad de ejecución;
Que al ser los valores estipulados demasiado elevados ante la situación general actual que afecta a la población en general, se hace sumamente dificultoso el cobro de las multas;
Que las sanciones impuestas a las faltas deben producir efectos que persuadan al transgresor, pero a la vez ser posible de ser cumplidas;
Que se estima de sano criterio adaptar los montos de las sanciones pecuniarias al ámbito de su posible ejecutoriedad, sin que ello implique desnaturalizar la función correctora de la sanción;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 15-08-19, según consta en Acta Nº 1316, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1°: ESTABLECESE que el valor de la Unidad de Sanción Municipal (U.S.A.M.) hasta el 31-12-2019, será equivalente al valor de un litro de Nafta Especial (súper), de acuerdo a los importes publicados por la Empresa YPF, al valor del día 12-08- 2019.
Artículo 2°: La presente no será aplicada a la Ordenanza Municipal N° 004/17.C.D. ARTÍCULO 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 050/2019.C.D. - Resolución Municipal 1414/2019 (22/08/19)
Imprimir