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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 26/06/2014  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 010/2014-(00719)  
Fecha de la publicación 07/07/2014  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 07/07/2014  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 07/07/2014  

Ordenanza Municipal Nº 23/14.C.D. 

Allen, 12 de Junio de 2014

VISTO: 

La Ordenanza Municipal Nº 114/10, mediante la cual se otorga un Fondo Permanente a la Presidencia del Concejo Deliberante; y 

CONSIDERANDO: 

Que el monto asignado en la misma asciende a la suma de Pesos Siete Mil ($ 7.000); 

Que dicho Fondo es otorgado a la Presidencia del Concejo Deliberante, quien tiene el deber y la facultad, de atender los gastos cotidianos, como así también proveer de la mejor manera posible el desempaño de la labor legislativa de dicho Cuerpo; 

Que dicho aporte es indispensable aún para la obtención de aquellos elementos menores para un mejor desempeño y desarrollo de la labor administrativa; 

Que el importe otorgado por la Ordenanza mencionada en el visto, hace imposible cumplir con el normal desenvolvimiento de la administración de este Concejo Deliberante, resultando hoy insuficiente; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12-06-14, según consta en Acta Nº 1107 se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: DEROGASE la Ordenanza Municipal Nº 114/2010.C.D. 

Artículo 2º: ESTABLECESE un Fondo Permanente asignado a Presidencia del Concejo Deliberante equivalente a la suma de Pesos Diez Mil (10.000) 

Artículo 3º: Dicho Fondo deberá ser provisto por la Secretaría de Hacienda en forma inmediata a la vigencia de la presente Ordenanza. 

Artículo 4º: El reintegro de las rendiciones efectuadas oportunamente y en forma correcta, deberá efectuarse dentro de las cuarenta y ocho horas subsiguientes. 

Artículo 5º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

 

Ordenanza Municipal Nº 23/2014.C.D. - Resolución Municipal Nº 0782/2014 (26-06-14)

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Acciones sobre esta norma

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
001/2018 Derogación total 02/04/2018

Acciones sobre otras normas

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
114/2010 Derogación total 14/07/2014