Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | VIGENTE |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 29/07/2021 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 027/2021-(00923) |
Fecha de la publicación | 23/08/2021 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 23/08/2021 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 23/08/2021 |
Ordenanza Municipal N° 37/2021.C.D.
Allen, 08 de Julio de 2021
VISTO:
La crisis económica por la que atraviesa la sociedad argentina, y gran parte de los ciudadanos Allenses, debido a la Pandemia mundial COVID-19; y
CONSIDERANDO:
Que la cuarentena obligatoria ha provocado un gran deceso de oportunidades laborales; Que las economías populares y familiares se han visto afectadas notablemente;
Que las nuevas restricciones de horarios comerciales, tránsito y protocolos, han creado otras alternativas laborales relacionadas con las gastronómicas;
Que asimismo la Municipalidad de Allen durante el transcurso del año 2020 y en el 2021 generó y generará espacios de formación laboral para el desarrollo dependiente o independiente relacionado al ámbito gastronómico;
Que estos espacios están destinados a personas que integran las economías populares, priorizando mujeres en situación de violencia de género, e integrantes del Colectivo LGTBIQ+ en vulnerabilidad socio económica;
Que la Municipalidad de Allen ha creado espacios culturales y gastronómicos donde estos emprendedores ofrecieron sus productos, tales como el “Almacén Barrial” y la “Feria del Bosquecito”;
Que en tal sentido la Municipalidad se encuentra facultada para ejecutar aportes, formular Proyectos de Ordenanzas y, en general, desarrollar cualquier acción que favorezca la regularización de los emprendimientos locales;
Que a cargo de la Dirección de Fiscalización Sanitaria se ha llevado a cabo cursos de manipulación de alimentos destinados a todos los emprendedores del ámbito gastronómico, con el interés de prepararlos para que puedan solicitar Carnet Sanitario Digital;
Que el trámite pertinente al Carnet Sanitario Digital tiene un costo actual de $554,40;
Que para las personas que asisten a las capacitaciones Municipales les resulta difícil solventar el pago del Carnet Sanitario Digital;
Que el Carnet Sanitario Digital le permite al trabajador desarrollar su actividad con tranquilidad y en el marco de la legalidad;
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 08-07-2021, según consta en Acta Nº 1389 se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal, a exceptuar por única vez, de abonar el costo pertinente a la obtención del Carnet Sanitario Digital, emitida por la Dirección de Fiscalización Sanitaria, a todas aquellas personas que lo soliciten, que reciban y aprueben los cursos gastronómicos dictados por la Municipalidad de Allen.
Artículo 2º: AUTORÍZASE a la Secretaría de Desarrollo Humano a llevar adelante el control de quienes requieran de excepción enunciada, analizando cada caso.
Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal N° 37/2021.C.D. - Resolución Municipal N° 1115/2021 (29/07/2021)
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