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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 04/07/2018  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 010/2018-(00801)  
Fecha de la publicación 16/07/2018  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 16/07/2018  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 16/07/2018  

Ordenanza Municipal Nº 30/2018.C.D.

Allen, 14 de Junio de 2018

VISTO: 

La Ordenanza Municipal N° 090/11.C.D. que dispone la forma de estacionamiento frente a la Unidad 6° de la Policía de Rio Negro y el Cuartel de Bomberos Voluntarios de nuestra ciudad; y 

CONSIDERANDO: 

Que en dicha norma se establece que en calle Don Bosco, entre calles Leandro N. Alem y Bartolomé Mitre, en su margen derecha según el sentido de circulación, se debe estacionar a 45° en reversa; 

Que en la misma arteria se dispone el estacionamiento en forma paralela a la calle en la margen izquierda; 

Que a partir de la sanción de esta norma se continuó estacionando en forma paralela al cordón de la calle mencionada; 

Que si se estacionara tal cual lo indica la Ordenanza Municipal Nº 090/11.C.D., en la práctica provocaría un estrecho margen para la circulación de vehículos; 

Que los camiones del cuerpo de bomberos necesitan contar con un amplio margen de circulación y maniobra para ingresar y fundamentalmente salir en forma ágil y segura del cuartel; 

Que resulta de esta manera una disposición de tránsito y estacionamiento no práctica a las necesidades reales para estos organismos; 

Que resulta necesario que los bomberos que llegan al cuartel para participar de una intervención cuenten con un espacio de estacionamiento disponible; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 14-06-18, según consta en Acta Nº 1268, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo 1º: DERÓGASE la Ordenanza Municipal N° 090/11.C.D. por los motivos expuestos en los considerandos. 

Artículo 2°: ESTABLÉCESE el estacionamiento en forma paralela al cordón y sobre el lado derecho del sentido de circulación, en calle Don Bosco, entre las calles Leandro N. Alem y Bartolomé Mitre de nuestra ciudad; y hágase la reserva de estacionamiento exclusivo para la Comisaría y el Cuerpo de Bomberos de Allen en toda la cuadra mencionada. 

Artículo 3°: DETERMÍNESE una reserva de espacio de estacionamiento de 30 metros, sobre el sector izquierdo del sentido de circulación en calle Bartolomé Mitre desde calle Don Bosco y hacia el sur. Esta reserva será destinada para el personal de Bomberos Voluntarios que acuden a las intervenciones de emergencias de este Cuerpo, los cuales tendrán sus vehículos particulares identificados con una oblea claramente visible en los mismos. Esta oblea será entregada por la Comisión Directiva de Bomberos Voluntarios, de acuerdo a la cantidad de efectivos que esta determine. 

Artículo 4°: DISPÓNGASE la cartelería correspondiente en los sectores asignados. 

Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

 

Ordenanza Municipal Nº 30/2018.C.D. - Resolución Municipal Nº 0910/2018 (04/07/18)

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Ordenanza Municipal Nº 30/2018.C.D.

Allen, 14 de Junio de 2018

VISTO: 

La Ordenanza Municipal N° 090/11.C.D. que dispone la forma de estacionamiento frente a la Unidad 6° de la Policía de Rio Negro y el Cuartel de Bomberos Voluntarios de nuestra ciudad; y 

CONSIDERANDO: 

Que en dicha norma se establece que en calle Don Bosco, entre calles Leandro N. Alem y Bartolomé Mitre, en su margen derecha según el sentido de circulación, se debe estacionar a 45° en reversa; 

Que en la misma arteria se dispone el estacionamiento en forma paralela a la calle en la margen izquierda; 

Que a partir de la sanción de esta norma se continuó estacionando en forma paralela al cordón de la calle mencionada; 

Que si se estacionara tal cual lo indica la Ordenanza Municipal Nº 090/11.C.D., en la práctica provocaría un estrecho margen para la circulación de vehículos; 

Que los camiones del cuerpo de bomberos necesitan contar con un amplio margen de circulación y maniobra para ingresar y fundamentalmente salir en forma ágil y segura del cuartel; 

Que resulta de esta manera una disposición de tránsito y estacionamiento no práctica a las necesidades reales para estos organismos; 

Que resulta necesario que los bomberos que llegan al cuartel para participar de una intervención cuenten con un espacio de estacionamiento disponible; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 14-06-18, según consta en Acta Nº 1268, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo 1º: DERÓGASE la Ordenanza Municipal N° 090/11.C.D. por los motivos expuestos en los considerandos. 

Artículo 2°:  ̶ES̶T̶A̶B̶L̶É̶C̶E̶S̶E̶ ̶e̶l̶ ̶e̶s̶t̶a̶c̶i̶o̶n̶a̶m̶i̶e̶n̶t̶o̶ ̶e̶n̶ ̶f̶o̶r̶m̶a̶ ̶p̶a̶r̶a̶l̶e̶l̶a̶ ̶a̶l̶ ̶c̶o̶r̶d̶ó̶n̶ ̶y̶ ̶s̶o̶b̶r̶e̶ ̶e̶l̶ ̶l̶a̶d̶o̶ ̶d̶e̶r̶e̶c̶h̶o̶ ̶d̶e̶l̶ ̶s̶e̶n̶t̶i̶d̶o̶ ̶d̶e̶ ̶c̶i̶r̶c̶u̶l̶a̶c̶i̶ó̶n̶,̶ ̶e̶n̶ ̶c̶a̶l̶l̶e̶ ̶D̶o̶n̶ ̶B̶o̶s̶c̶o̶,̶ ̶e̶n̶t̶r̶e̶ ̶l̶a̶s̶ ̶c̶a̶l̶l̶e̶s̶ ̶L̶e̶a̶n̶d̶r̶o̶ ̶N̶.̶ ̶A̶l̶e̶m̶ ̶y̶ ̶B̶a̶r̶t̶o̶l̶o̶m̶é̶ ̶M̶i̶t̶r̶e̶ ̶d̶e̶ ̶n̶u̶e̶s̶t̶r̶a̶ ̶c̶i̶u̶d̶a̶d̶;̶ ̶y̶ ̶h̶á̶g̶a̶s̶e̶ ̶l̶a̶ ̶r̶e̶s̶e̶r̶v̶a̶ ̶d̶e̶ ̶e̶s̶t̶a̶c̶i̶o̶n̶a̶m̶i̶e̶n̶t̶o̶ ̶e̶x̶c̶l̶u̶s̶i̶v̶o̶ ̶p̶a̶r̶a̶ ̶l̶a̶ ̶C̶o̶m̶i̶s̶a̶r̶í̶a̶ ̶y̶ ̶e̶l̶ ̶C̶u̶e̶r̶p̶o̶ ̶d̶e̶ ̶B̶o̶m̶b̶e̶r̶o̶s̶ ̶d̶e̶ ̶A̶l̶l̶e̶n̶ ̶e̶n̶ ̶t̶o̶d̶a̶ ̶l̶a̶ ̶c̶u̶a̶d̶r̶a̶ ̶m̶e̶n̶c̶i̶o̶n̶a̶d̶a̶.̶ ̶

ESTABLÉCESE el estacionamiento en forma paralela al cordón y sobre el lado derecho del sentido de circulación, en calle Don Bosco, entre las calles Leandro N. Alem y Bartolomé Mitre de nuestra ciudad, hágase la reserva de estacionamiento exclusivo para la Comisaría y Cuerpo de Bomberos de Allen en toda la cuadra mencionada, incluyendo también dentro de la exclusividad y solamente frente al predio del Cuerpo de Bomberos, a los autos particulares de los miembros del cuartel debidamente identificados, en los casos de emergencias y en cumplimiento de su misión. (Modificado por O.M. 072/2022.C.D.)

Artículo 3°: DETERMÍNESE una reserva de espacio de estacionamiento de 30 metros, sobre el sector izquierdo del sentido de circulación en calle Bartolomé Mitre desde calle Don Bosco y hacia el sur. Esta reserva será destinada para el personal de Bomberos Voluntarios que acuden a las intervenciones de emergencias de este Cuerpo, los cuales tendrán sus vehículos particulares identificados con una oblea claramente visible en los mismos. Esta oblea será entregada por la Comisión Directiva de Bomberos Voluntarios, de acuerdo a la cantidad de efectivos que esta determine. 

Artículo 4°: DISPÓNGASE la cartelería correspondiente en los sectores asignados. 

Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

 

Ordenanza Municipal Nº 30/2018.C.D. - Resolución Municipal Nº 0910/2018 (04/07/18)

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Acciones sobre esta norma

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
072/2022 Modificación 29/12/2022

Acciones sobre otras normas

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
090/2011 Derogación total 23/07/2018