Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 16/11/2011 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 026/2011-(00664) |
Fecha de la publicación | 23/11/2011 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 23/11/2011 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 23/11/2011 |
Ordenanza Municipal Nº 90/2011.C.D.
Allen, 3 de Noviembre de 2011
VISTO:
La Nota presentada por la Comisaría Sexta de nuestra localidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma solicita se evalúe la factibilidad de disponer estacionamiento a 45 grados, sobre calle Don Bosco, entre calles Leandro N. Alem y Bartolomé Mitre;
Que sobre los dos laterales de la calle Don Bosco, entre calles Bartolomé Mitre y Leandro N. Alem se encuentran permanentemente vehículos estacionados, por existir inmuebles con actividades comerciales;
Que asimismo, se encuentran estacionados los vehículos que son producto de los secuestros que se realizan en procedimientos llevados a cabo por personal de dicha Unidad;
Que la cantidad de vehículos que se encuentran estacionados, en las horas críticas del día, hace que se dificulte el tránsito y ello genera riesgos de accidentes; Que a raíz de lo mencionado surge la necesidad de mejorar las condiciones de estacionamiento en la cuadra antes citada;
Que la Ordenanza Municipal Nº 096/95 establece estacionamiento exclusivo para la Asociación Bomberos Voluntarios, sobre calle Don Bosco;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 03/11/11, según consta en Acta Nº 999, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: DERÓGASE la Ordenanza Municipal Nº 096/95 por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2º: ESTABLÉCESE el estacionamiento a 45º en reversa con respecto a la línea de cordón y sobre el lado derecho, según el sentido de circulación, en calle Don Bosco, entre Calles Bartolomé Mitre y Leandro N. Alem de nuestra ciudad, reservándose los metros establecidos por la Ley Nº 24.449 Art. 49º inc. B punto 4º con respecto a las Instituciones Públicas.
Artículo 3º: DETERMÍNASE que la demarcación correspondiente a lo establecido en el Artículo 2º debe realizarse en un todo de acuerdo a la normativa vigente.
Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 90/2011.C.D. - Resolución Municipal Nº 1382/2011 (16/11/11)
ImprimirNúmero | Acción | Fecha | Artículos activos | Artículos pasivos | |
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030/2018 | Derogación total | 23/07/2018 |