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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 19/07/2018  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 012/2018-(00803)  
Fecha de la publicación 08/08/2018  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 08/08/2018  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 08/08/2018  

Ordenanza Municipal Nº 38/2021.C.D.

Allen, 05 de Julio de 2018

VISTO: 

Los Estados Contables de la Municipal de Allen, Ejercicio 2014; y 

CONSIDERANDO: 

Que los Estados Contables se han confeccionado aplicando las normas de Procedimiento Contable; 

Que es necesario aprobar los Estados Contables del Ejercicio 2014 para la elaboración de los Estados Contables siguientes; 

Que la contabilidad del Municipio refleja la Situación Patrimonial y de Resultados; 

Que es función del Contador Municipal tener la contabilidad al día y presentar los Balances en tiempo para su publicación; 

Que el Concejo Deliberante, expresa, que la falta de los Estados de Situación Patrimonial y Evolución del Patrimonio Neto, limitó la opinión tanto del Contador Municipal como la del Cuarto Miembro del Tribunal de Cuentas, manifestada en su Visación 001/2018; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 05-07-18, según consta en Acta Nº 1271, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA

Artículo 1º: APRUÉBANSE los Estados Contables del Ejercicio 2014, de la Municipalidad de Allen que como Anexo I, forma parte de la presente. 

Artículo 2°: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial en su totalidad, la siguiente documentación: 

a) Ciento Veintiocho (128) planillas anexas, las cuales expresan detalladamente los Estados Contables del Ejercicio Fiscal Año 2.014. 

b) Visación del Tribunal de Cuentas Nº 001/18 que consta de tres (3) folios y Nota Nº 056/18 del Tribunal de Cuentas. 

Artículo 3°: OBSÉRVESE que la falta de los Estados de Situación Patrimonial y Evolución del Patrimonio Neto, limitó la opinión tanto del Contador Municipal como la del Cuarto Miembro del Tribunal de Cuentas, manifestada en su Visación 001/2018. 

Artículo 4°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

 

Ordenanza Municipal Nº 38/2018.C.D. - Resolución Municipal Nº 1018/2018 (19/07/18) 

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