Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
---|---|
Estado | VIGENTE |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 06/07/2010 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 017/2010-(00623) |
Fecha de la publicación | 08/07/2010 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
---|---|
Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 08/07/2010 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 08/07/2010 |
Ordenanza Municipal Nº 67/2010.C.D.
Allen, 24 de Junio de 2010
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 140/2005.C.D.; y
CONSIDERANDO:
Que varios taxistas de la localidad han acudido a este Concejo, manifestando inconvenientes de tiempo en cuanto a los plazos en que deben cambiar las unidades afectadas al servicio de taxis;
Que surgen dudas respecto a la antigüedad de los modelos a utilizar;
Que el modelo año de los automotores comprende el año calendario, es decir desde el primero de enero hasta el 31 de diciembre de cada año;
Que resulta plausible legislar con equidad, a fin de garantizar el cumplimiento fehaciente de la normativa vigente;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 24/06/10, según consta en Acta Nº 938, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: REEMPLAZASE el contenido del Artículo 1º de la Ordenanza Municipal Nº 140/05 por el siguiente texto: “La antigüedad máxima de los vehículos a habilitar es de diez (10) años calendario, tomándose cada año desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre. En los casos en que exista transferencia de licencia de taxis, la antigüedad máxima de los vehículos a habilitar es de tres modelos.
Artículo 2º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 067/2010.C.D. - Resolución Municipal Nº 0898/2010 (06/07/2010)
ImprimirNúmero | Acción | Fecha | Artículos activos | Artículos pasivos | |
---|---|---|---|---|---|
140/2005 | Modificación | 15/07/2010 |