logo

Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 26/12/2018  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 026/2018-(00817)  
Fecha de la publicación 26/12/2018  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 26/12/2018  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 26/12/2018  

Ordenanza Municipal Nº 115/2018.C.D. 

Allen, 06 de Diciembre de 2018

VISTO: 

Las Ordenanzas Municipales Nº 025/04.C.D. y Nº 048/71, la solicitud realizada por los vecinos; y 

CONSIDERANDO: 

Que la Ordenanza Municipal Nº 025/04.C.D. adjudica en venta quince (15) parcelas que surgen del to según plano de Mensura Nº 015/02-Matrícula 04-4423, del inmueble designado catastralmente 04-1-C-518-01A a 015 inclusive; 

Que según nota ingresada el día 10 de febrero de 2.015 por Mesa de Entradas Nº 040 Concejo Deliberante de la Municipalidad de Allen la Sra. Marta Noemí González comunica que por razones económicas se ve imposibilitada de construir en el terreno adjudicado Nomenclatura Catastral 04-1-C-518-03 decidiendo, conforme a ello, venderlo a la familia de la Sra. Vilma Marcela Waleska Bertín DNI 25.067.963 adjuntando boleto de compraventa con fecha 08 de enero de 2.015; 

Que respecto del lote designado catastralmente 04-1- C-518-15 adjudicado al Sr. Juan Flores, se ha presentado declaración jurada solicitando la modificación de la Ordenanza Municipal Nº 025/04.C.D. a fin de que el lote referenciado se adjudique a quien fuera su compañera en unión de hecho al momento de la adjudicación (y posteriormente cónyuge) Sra. Alejandra Silvana Vega DNI 22.168.601; 

Que la limitación del Artículo 5º de la Ordenanza Municipal Nº 025/04.C.D. no aplica a las cesiones referenciadas, en cuanto los lotes se encontraban a la fecha de transferencias, cancelados; 

Que se ha advertido un error involuntario de tipeo en el apellido del Sr. Erbín Netalí Yobanolo adjudicatario del lote 04-1-C-518-09 en la Ordenanza Municipal Nº 025/04.C.D. y es pertinente modificar de forma correcta para posteriores actos, consignando debidamente su apellido: Yobanolo; 

Que otro punto importante es que conforme al Artículo 6º de dicha Ordenanza, luego de la cancelación de los lotes de la Municipalidad de Allen, extenderá el respectivo Título de Propiedad, estando el gasto del mismo a cargo de los adjudicatarios, los cuales deben escriturar el inmueble como bien de familia; 

Que a consecuencia de los costos que insume la formalidad de la escritura, los vecinos se ven imposibilitados de poder efectuarla; 

Que según Ordenanza Municipal Nº 048/71 en sus Considerandos dice que los Intendentes Municipales, pueden por sí, sin necesidad de intervención notarial extender los títulos de dominio de tierra fiscal adjudicada, en virtud de lo dispuesto por la Ordenanza, sobre el régimen de adjudicaciones Nº 047/71; 

Que, asimismo, en su Artículo 2º reza “Otorgado el título de dominio se remitirá su original con una copia al Registro de la Propiedad a los fines de su inscripción y anotación. Con la citada documentación se remitirá además tres minutas del título”; 

Que no obstante, se hace la salvedad que la titular del lote 04-1-C-518-02 registra deuda por Tasas Retributivas y, la titular del lote 04-1-C-518-12 no canceló el pago en concepto de Ventas de Tierras y además, registra deudas de Tasas Retributivas. Por lo tanto hasta que no se cancelen dichas deudas no podrán escriturar; 

Que por lo expuesto, resulta necesario proceder a la modificación de la Ordenanza Municipal Nº 025/04.C.D. a fin de favorecer la escrituración de los lotes a los vecinos adjudicatarios; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 06-12-18, según consta en Acta Nº 1292, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: DESADJUDÍCASE a la Sra. Marta Noemí González DNI 21.047.542, el lote designado catastralmente 04-1-C-518-03. ADJUDÍCASE el mismo a la Sra. Vilma Marcela Waleska Bertín DNI 25.067.963, Estado Civil Casada. 

Artículo 2°: DESADJUDÍCASE al Sr. Juan Flores DNI 23.666.754 el lote designado catastralmente 04- 1-C-518-15. ADJUDÍQUESE el mismo a la Sra. Alejandra Silvana Vega DNI 22.168.601. 

Artículo 3°: MODIFÍCASE el Artículo 1º en cuanto consigna “Parcela 09: Erbin Yovanolo DNI 17.186.856” debiendo corregirse por “Parcela 09: Erbin Netalí Yobanolo DNI 17.186.856”

Artículo 4°: MODIFÍCASE el Artículo 6º de la Ordenanza Municipal Nº 025/04.C.D., quedando redactada de la siguiente manera: “ESTABLÉCESE que una vez cumplimentado lo establecido en el Artículo 3º de la presente, la Municipalidad de Allen extenderá el respectivo Título de Propiedad y se remitirá su original con una copia al Registro de la Propiedad a los fines de su inscripción y anotación. Con la citada documentación se remitirán además tres minutas del título." 

Artículo 5°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

 

Ordenanza Municipal Nº 115/018.C.D. - Resolución Municipal Nº 1858/2018 (26/12/18)

  Imprimir

Acciones sobre otras normas

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
025/2004 Modificación 04/01/2019