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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 29/10/2002  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 000/0000-(00000)  
Fecha de la publicación 07/11/2002  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 07/11/2002  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 07/11/2002  

Ordenanza Municipal Nº 69/2002.C.D.

Allen, 17 de Octubre de 2002

VISTO:

La Ordenanza Municipal N° 005/02; y

CONSIDERANDO:

Que por la misma se establece el valor de las Tasas Municipales a las Actividades Comerciales y de Servicios Especiales, en concepto de Habilitación Comercial e Inspección Seguridad e Higiene, siendo ésta una modificación del Artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 054/93;

Que en el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 005/02, se establece la Tasa Municipal en concepto de Inspección Seguridad e Higiene, la cual será un equivalente en pesos al ocho por mil ( 8 0/00 ) del monto facturado en el mes inmediato anterior al de su vencimiento, con un monto mínimo de ingresos de $ 2.000,00 (pesos dos mil);

Que este monto mínimo de ingreso de $ 2.000,00 en la actualidad es de un valor elevado, a la realidad económica - financiera del país, siendo imposible el cumplimiento de los contribuyentes que se encuentran obligados por desarrollar actividades Comerciales y de Servicios Especiales;

Que se debe preservar e incentivar esta actividad comercial, a los efectos de lograr en estos momentos de crisis mantener fuentes de trabajo y aportar un mecanismo a toda aquel que pueda iniciarse en dichas actividades especiales;

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 17-10-02, según consta en Acta N° 608, se aprobó el pertinente proyecto;

POR ELLO:

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo 1°: REDUZCASE al 50% (cincuenta por ciento) el mínimo establecido en el Artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 005/02.

Artículo 2°: ESTABLECESE que la presente Ordenanza Municipal es complementaria a la Ordenanza Municipal N° 054/93, 030/78 y 066/90.

Artículo 3°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

 

Ordenanza Municipal N° 69/2002.C.D. - Resolución Municipal Nº 500/2002 (29/10/02) 

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Acciones sobre esta norma

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
005/2011 Derogación total 11/04/2011

Acciones sobre otras normas

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
005/2002 Modificación 14/11/2002