Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 18/12/2009 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 003/2009-(00605) |
Fecha de la publicación | 18/12/2009 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 18/12/2009 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 18/12/2009 |
Ordenanza Municipal Nº 95/2009.C.D.
Allen, 10 de Diciembre de 2009
VISTO:
La Nota presentada por la Asociación Civil Titulares de Taxi de Allen; y
CONSIDERANDO:
Que solicitan mediante la misma, una actualización en los valores de las tarifas, en razón de la situación económica - financiera del país, ocasionada por la crisis mundial;
Que a raíz del proceso inflacionario los insumos que demanda el servicio de mantenimiento de las unidades vehiculares, han sufrido incrementos considerables;
Que se estima pertinente aplicar a las tarifas un incremento equivalente al veinte por ciento, en dos etapas;
Que de acuerdo al Artículo 75º del Reglamento General de Tránsito y Transporte para la Municipalidad de Allen, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 069/94, el organismo de aplicación establecerá la estructura de costos que permitirá con su metodología establecer la tarifa que se debe aplicar para el servicio público de pasajeros en la modalidad coches taxímetros, siendo esta la facultad del Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 10-12-09, según consta en Acta Nº 919, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: DERÓGASE la Ordenanza Municipal Nº 132/08, por los motivos expuestos en los Considerandos.
Artículo 2º: FÍJASE la tarifa para el servicio de taxis, radio taxis, tele móvil y/o similares de la siguiente manera: A partir de la Vigencia de la presente Ordenanza Municipal:
$ 2,73………Bajada de Bandera.
$ 0,28………Cada 100 mts. recorridos.
A partir del 1º de Febrero de 2010:
$ 3,00………Bajada de Bandera.
$ 0,30………Cada 100 mts. recorridos.
Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 95/2009.C.D. - Resolución Municipal Nº 1388/2009 (18/12/09)
ImprimirNúmero | Acción | Fecha | Artículos activos | Artículos pasivos | |
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123/2010 | Derogación total | 05/11/2010 |
Número | Acción | Fecha | Artículos activos | Artículos pasivos | |
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132/2008 | Derogación total | 25/12/2009 |