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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 09/12/2010  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 031/2010-(00637)  
Fecha de la publicación 13/12/2010  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 13/12/2010  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 13/12/2010  

Ordenanza Municipal Nº 150/2010.C.D. 

Allen, 2 de Diciembre de 2010

VISTO: 

La nota presentada por las distintas Cooperativas; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicitan lotes ubicados en la Calle Bahía Blanca, para la construcción de viviendas; 

Que las tierras pretendidas se encuentran disponibles, siendo necesaria la tenencia de las mismas; 

Que el Municipio debe priorizar la adecuación de las tierras antes mencionadas, para que las familias puedan construir sus viviendas; 

Que el Concejo Deliberante debe favorecer promover y/o proteger la situación social de las familias en cuanto a la obtención de su vivienda de acuerdo a lo que establece el Articulo 5º, inc. a) 2… la construcción… de la Carta Orgánica Municipal; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 2/12/10, según consta en acta Nº 959, se aprobó el pertinente proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: RESÉRVASE parte de la Nomenclatura Catastral 04-1-C-006-04A, sujeta a mensura, a las Cooperativas Esperanza, El Trébol, Juntos por la Vivienda y Caminos del Sur con destino único a la construcción de viviendas.

Artículo 2º: IMPÓNGASE que la edificación de las viviendas estarán a cargo exclusivo de las Cooperativas mencionadas en el Articulo 1º de la presente Ordenanza Municipal.

Artículo 3º: ESTABLÉCESE que los gastos de mensura y erogación económica respectiva que corresponda según la reserva mencionada en el artículo 1º de la presente Ordenanza Municipal estará a cargo de las Cooperativas.

Artículo 4º: ESTABLÉCESE que una vez concretada la mensura correspondiente, el Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen fijará el precio del valor del terreno por metro cuadrado y procederá a realizar la Ordenanza de Adjudicación por cada lote a quien corresponda e indique por escrito los representantes legales de las Cooperativas Esperanza, El Trébol, Juntos por la Vivienda y Caminos del Sur.

Artículo 5º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 150/2010.C.D. - Resolución Municipal Nº 1710/2010 (09/12/10)

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Ordenanza Municipal Nº 150/2010.C.D. 

Allen, 2 de Diciembre de 2010

VISTO: 

La nota presentada por las distintas Cooperativas; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma solicitan lotes ubicados en la Calle Bahía Blanca, para la construcción de viviendas; 

Que las tierras pretendidas se encuentran disponibles, siendo necesaria la tenencia de las mismas; 

Que el Municipio debe priorizar la adecuación de las tierras antes mencionadas, para que las familias puedan construir sus viviendas; 

Que el Concejo Deliberante debe favorecer promover y/o proteger la situación social de las familias en cuanto a la obtención de su vivienda de acuerdo a lo que establece el Articulo 5º, inc. a) 2… la construcción… de la Carta Orgánica Municipal; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 2/12/10, según consta en acta Nº 959, se aprobó el pertinente proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: RESÉRVASE parte de la Nomenclatura Catastral  ̶0̶4̶-̶1̶-̶C̶-̶0̶0̶6̶-̶0̶4̶A̶ 04-1-C-065-01, sujeta a mensura, a las Cooperativas Esperanza, El Trébol, Juntos por la Vivienda y Caminos del Sur con destino único a la construcción de viviendas.

Artículo 2º: IMPÓNGASE que la edificación de las viviendas estarán a cargo exclusivo de las Cooperativas mencionadas en el Articulo 1º de la presente Ordenanza Municipal.

Artículo 3º: ESTABLÉCESE que los gastos de mensura y erogación económica respectiva que corresponda según la reserva mencionada en el artículo 1º de la presente Ordenanza Municipal estará a cargo de las Cooperativas.

Artículo 4º: ESTABLÉCESE que una vez concretada la mensura correspondiente, el Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen fijará el precio del valor del terreno por metro cuadrado y procederá a realizar la Ordenanza de Adjudicación por cada lote a quien corresponda e indique por escrito los representantes legales de las Cooperativas Esperanza, El Trébol, Juntos por la Vivienda y Caminos del Sur.

Artículo 5º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

Ordenanza Municipal Nº 150/2010.C.D. - Resolución Municipal Nº 1710/2010 (09/12/10)

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Acciones sobre esta norma

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
031/2012 Modificación 10/08/2012
043/2012 Reglamenta 03/09/2012