Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 06/09/2013 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 010/2013-(00700) |
Fecha de la publicación | 23/09/2013 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 23/09/2013 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 23/09/2013 |
Ordenanza Municipal Nº 49/2013.C.D.
Allen, 29 de Agosto de 2013
VISTO:
La Nota presentada por los Sres. Sandra Edith Rivera y Gustavo Daniel Cabrera; y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la misma los Sres. Sandra Edith Rivera DNI 23.346.663 y Gustavo Daniel Cabrera DNI 28.092.995, ambos beneficiarios de la adjudicación del Lote Nº 13 de la Manzana 626, por Ordenanza Municipal Nº 083/2012, renuncian expresamente a todo derecho que les correspondiera y ceden los mismos a favor de los Sres. Verónica del Carmen Leal y Adrián Alberto García;
Que los Sres. Verónica del Carmen Leal y Adrián Alberto García poseen una familia numerosa y no poseen lugar estable para vivir;
Que este Concejo Deliberante tiene como prioridad apoyar toda iniciativa que redunde en beneficio de los ciudadanos, cuando por medio de su trabajo puedan lograr su vivienda propia;
Que en Sesión Ordinaria, celebrada el 29-08-13, según consta en Acta Nº 1074, se aprobó el pertinente proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: DESADJUDÍCASE a los Sres. Sandra Edith Rivera DNI 23.346.663 y Gustavo Daniel Cabrera DNI 28.092.995, el lote designado catastralmente 04-1-C-626- 13, Parcela 13 de la Manzana 626 de acuerdo a datos que se consignan en el Plano de Mensura Nº 124/2010.
Artículo 2º: ADJUDÍCASE a los Sres. Verónica del Carmen Leal DNI 36.092.611 y Adrián Alberto García DNI 34.544.967, el lote detallado en el Artículo anterior, el que únicamente podrá ser destinado para vivienda familiar.
Artículo 3º: La presente norma se regirá según lo dispuesto en la Ordenanza Municipal N° 083/2012.C.D.
Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 49/2013.C.D. - Resolución Municipal Nº 911/2013 (06/09/13)
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