Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | VIGENTE |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 24/09/2017 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 000/0000-(00000) |
Fecha de la publicación | 25/10/2017 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 25/10/2017 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 25/10/2017 |
Ordenanza Municipal Nº 72/2017.C.D.
Allen, 15 de Septiembre de 2.017.
VISTO:
La necesidad de proteger y conservar los espacios verdes y parquizados, de uso recreativo de nuestra Ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Municipal N° 102/88, contempla los siguientes espacios verdes: parque público, plaza pública, rambla, veredas y jardines;
Que es necesario proteger y conservar también aquellos espacios parquizados y que son usados por los vecinos como lugar de esparcimiento y recreación de los ciudadanos;
Que en las distintas estaciones del año estos espacios congregan una considerable cantidad de vecinos que usan los mismos como lugar de recreación, esparcimiento y ocio;
Que es necesario preservar la utilización, uso y disfrute de los espacios ya mencionados, ya que contribuyen al disfrute de un medio ambiente adecuado para el desarrollo del ser humano, preservando su salud, manteniendo y protegiendo el sistema ecológico y el paisaje;
Que es indispensable que esos espacios se encuentren en buenas condiciones, para ello es necesario establecer la regulación de su uso y conservación;
Que debido al incremento vehicular que se está registrando en los últimos tiempos como así también siendo los automotores, motos y ciclomotores los medios de movilidad para trasladarse a los distintos espacios mencionados;
Que es necesario establecer que no pueden circular ni estacionar automóviles, motocicletas y ciclomotores en espacios recreativos;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 15-09-17, según consta en Acta Nº 1240, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: PROHÍBASE el estacionamiento y tránsito de automóviles, motocicletas y ciclomotores sobre el espacio parquizado al oeste del Acceso Martín Fierro, desde la intersección entre Calle Rural Hayde Coila y Acceso Martín Fierro hasta la Ruta 22.
Artículo 2º: PROHÍBASE el estacionamiento y tránsito de automóvil, motocicleta y ciclomotor sobre los espacios verdes, ya sea parque público, plaza pública, rambla, veredas, jardines y la parte parquizada del Balneario Municipal.
Artículo 3º: ENCOMIÉNDESE al Poder Ejecutivo Municipal, Dirección de Tránsito la colocación de cartelería pertinente.
Artículo 4º: ESTABLÉCESE una multa de 100 (Cien) USAM por infracción a lo establecido por los Arts. 1° y 2°. En caso de reincidencia se aplicará una multa de 250 (Doscientos Cincuenta) USAM y hasta los 500 (Quinientos) USAM y secuestro del automóvil, motocicleta y ciclomotor a la tercera infracción.
Artículo 5º: Dese amplia publicidad a la presente.
Artículo 6º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 72/2017.C.D. - Resolución Municipal N° 1240/2017 (25/09/17)
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