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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado VIGENTE  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 23/09/2013  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 011/2013-(00701)  
Fecha de la publicación 08/10/2013  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 08/10/2013  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 08/10/2013  

Ordenanza Municipal Nº 052/2013.C.D.

Allen, 12 de Septiembre de 2013

VISTO: 

La Resolución Municipal Nº 0897/2013, del Poder Ejecutivo Municipal; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma el Poder Ejecutivo Municipal Veta en forma Parcial la Ordenanza Municipal Nº 047/2013. C.D., en su Artículo 9º, apartado 3º Inc. d) y Artículo 10º; 

Que el Poder Ejecutivo fundamenta que para el tema de las enfermedades profesionales rige en forma obligatoria la Ley 24557 de Riesgos de Trabajo, y el Art. 9º de la Ordenanza Municipal, establece dos años; 

Que este Poder Legislativo considera que debe existir equidad con los beneficios de los cuales gozan los Empleados Municipales, tal lo establece el Estatuto y Escalafón del Empleado Municipal, en lo atinente a las licencias por enfermedad; 

Que con referencia al Artículo 10º se menciona una Ley que se encuentra derogada; Que dicha Ley sólo se encuentra derogada parcialmente; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 12/09/13, según consta en Acta Nº 1076, se aprobó el pertinente proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

ARTÍCULO 1º: ACÉPTASE el Veto Parcial a la Ordenanza Municipal 047/2013.C.D., en su Artículo 9º, apartado 3º inc. d) y Artículo 10º, por los motivos expuestos en los considerandos.

ARTÍCULO 2º: MODIFÍCASE el Artículo 9º, Apartado 3º, inc. d),de la Ordenanza Municipal Nº 047/2013, el que quedará redactado de la siguiente manera: “En caso de una enfermedad contraída en acto de servicio u ocasionada por el desarrollo de su trabajo, se regirá por lo establecido en la Ley 24557.

ARTÍCULO 3º: MODIFÍCASE el Artículo 10º, de la Ordenanza Municipal Nº 047/2013, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Para los casos no previstos en la presente Ordenanza serán de aplicación las normas contenidas en la Ley Nacional Nº 9688, 24557 y concordantes." 

ARTÍCULO 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.- 

 

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 052/2013.C.D. - Resolución Municipal Nº 0977/2013 (23/09/13)

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Acciones sobre otras normas

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
047/2013 Derogación parcial 15/08/2013