Tipo | ORDENANZA MUNICIPAL |
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Estado | HISTORICA |
Organismo emisor | CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN |
Promulgación | EXPRESA TOTAL |
Fecha de la promulgación | 29/12/2017 |
Publicación | BOLETIN OFICIAL Nº: 001/2017-(00792) |
Fecha de la publicación | 04/01/2018 |
Observaciones |
Carácter | PERMANENTE |
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Alcance | PARTICULAR |
Fecha en que se analizó | 04/01/2018 |
Controlado por | INTENDENCIA |
Fecha en que se controló | 04/01/2018 |
Ordenanza Municipal Nº 117/2017.C.D.
Allen, 15 de Diciembre de 2017
VISTO:
El Pase Nº 097/16 de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, que informa que se concluyó con la Obra de treinta y dos (32) nichos en el Cementerio Local; y
CONSIDERANDO:
Que la demanda de nichos aumenta con el transcurrir del tiempo;
Que a la fecha no quedan nichos desocupados;
Que existen en el Cementerio de la Ciudad de Allen, treinta y dos (32) nichos recientemente construidos y se encuentran en perfectas condiciones para su uso especifico;
Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 15-12-17, según consta en Acta Nº 1252, se aprobó el pertinente Proyecto;
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal a ofrecer en venta por noventa y nueve (99) años, los Nichos del Cuerpo D21, desde Nicho 129 al 136 altura desde A a D en el Cementerio de la Ciudad de Allen, los cuales podrán ser ocupados efectivamente.
Artículo 2°: FÍJASE el valor de los nichos ubicados en las filas centrales, en la cantidad de Pesos Dieciséis Mil Doce con 50/00 ($ 16012,50), y el valor de aquellos que se encuentran en la hilera superior e inferior, en la cantidad de Pesos Diez Mil Seiscientos Setenta y Cinco con 00/00 ($10675,00), debiendo abonar posteriormente solamente la Tasa por Conservación y Mantenimiento de Cementerio.
Artículo 3°: ESTABLÉCESE el siguiente modo de pago para quienes adquieran los Nichos citados en los artículos anteriores en Planes de pagos de hasta diez (10) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-
Ordenanza Municipal Nº 117/2017.C.D. - Resolución Municipal Nº 1682/2017 (29/12/17)
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