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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 29/12/2017  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 001/2017-(00792)  
Fecha de la publicación 04/01/2018  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 04/01/2018  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 04/01/2018  

Ordenanza Municipal Nº 117/2017.C.D.

Allen, 15 de Diciembre de 2017

VISTO: 

El Pase Nº 097/16 de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, que informa que se concluyó con la Obra de treinta y dos (32) nichos en el Cementerio Local; y 

CONSIDERANDO: 

Que la demanda de nichos aumenta con el transcurrir del tiempo; 

Que a la fecha no quedan nichos desocupados; 

Que existen en el Cementerio de la Ciudad de Allen, treinta y dos (32) nichos recientemente construidos y se encuentran en perfectas condiciones para su uso especifico; 

Que en Sesión Ordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 15-12-17, según consta en Acta Nº 1252, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Municipal a ofrecer en venta por noventa y nueve (99) años, los Nichos del Cuerpo D21, desde Nicho 129 al 136 altura desde A a D en el Cementerio de la Ciudad de Allen, los cuales podrán ser ocupados efectivamente. 

Artículo 2°: FÍJASE el valor de los nichos ubicados en las filas centrales, en la cantidad de Pesos Dieciséis Mil Doce con 50/00 ($ 16012,50), y el valor de aquellos que se encuentran en la hilera superior e inferior, en la cantidad de Pesos Diez Mil Seiscientos Setenta y Cinco con 00/00 ($10675,00), debiendo abonar posteriormente solamente la Tasa por Conservación y Mantenimiento de Cementerio. 

Artículo 3°: ESTABLÉCESE el siguiente modo de pago para quienes adquieran los Nichos citados en los artículos anteriores en Planes de pagos de hasta diez (10) cuotas mensuales, iguales y consecutivas. 

Artículo 4º: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

 

Ordenanza Municipal Nº 117/2017.C.D. - Resolución Municipal Nº 1682/2017 (29/12/17)

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