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Digesto Jurídico Municipal

Tipo ORDENANZA MUNICIPAL  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 29/12/2017  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 001/2018-(00792)  
Fecha de la publicación 04/01/2018  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 04/01/2018  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 04/01/2018  

Ordenanza Municipal Nº 122/2017.C.D.

Allen, 22 de Diciembre de 2017

VISTO: 

La Resolución Municipal Nº 1638/2017 remitida por el Poder Ejecutivo, en fecha 19-12-17; y 

CONSIDERANDO: 

Que mediante la misma, el Poder Ejecutivo Municipal, resuelve Aprobar el Código de Edificación, remitido como Anexo I, y convocar a Sesiones Extraordinarias al Concejo Deliberante a los efectos de su tratamiento; 

Que de los argumentos expuestos no surge la necesidad y urgencia para aprobar el Código de Edificación fuera del periodo normal de Sesiones Ordinarias; 

Que el Código de Edificación, como plexo normativo, debe regular los mínimos de seguridad y calidad para la construcción de edificios en general o cualquier estructura artificial, especialmente las vivienda; y que como tal define los lineamientos arquitectónicos de la ciudad; debe ser analizado y consensuado con pericia a fin de evitar futuros inconvenientes; 

Que, conforme lo establece la Carta Orgánica Municipal en el Art. 28 Inc. k) su dictado es una atribución exclusiva del Concejo Deliberante; 

Que el Concejo Deliberante no tuvo participación en la elaboración del Proyecto de Código remitido, razón por la cual corresponde un análisis más exhaustivo al momento de su tratamiento; 

Que en tal sentido, este Cuerpo Deliberativo se encuentra realizando las consultas y los análisis pertinentes, a efectos de elaborar la normativa que responda a un verdadero Código Urbanístico, en forma seria y responsable; 

Que durante el período de Sesiones Ordinarias, el Poder Ejecutivo, no ha remitido en ningún momento requerimiento alguno a este Cuerpo Deliberativo, que indique la necesidad, que hoy plantea, por casos de contribuyentes que no hayan podido resolver sus situaciones con la normativa vigente en materia edilicia; 

Que por lo expuesto, no se dan los presupuestos de necesidad y urgencia, o amenaza grave e inminente, del funcionamiento regular de los poderes públicos, que ameriten que el Poder Ejecutivo pueda avocarse a atribuciones propias de este cuerpo;

 Que por lo expuesto, es apropiado que el tratamiento y aprobación del Código de Edificación, se haga en Sesiones Ordinarias, con los estudios e informes previos correspondientes; 

Que en Sesión Extraordinaria de Concejo Deliberante, celebrada el 22-12-17, según consta en Acta Nº 1253, se aprobó el pertinente Proyecto; 

POR ELLO: 

El Concejo Deliberante de la Ciudad de Allen, sanciona con fuerza de 

ORDENANZA 

Artículo 1º: RECHÁZASE Y DESAPRUÉBASE en todos sus términos, la Resolución Municipal Nº 1638/2017, del Poder Ejecutivo Municipal, sancionada Ad-Referéndum del Concejo Deliberante. 

Artículo 2°: Háganse las comunicaciones pertinentes. Cumplido, archívese.-

 

Ordenanza Municipal Nº 122/2017.C.D. - Resolución Municipal Nº 1687/2017 (29/12/17)

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