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Digesto Jurídico Municipal

Tipo RESOLUCION AD REFERENDUM  
Estado HISTORICA  
Organismo emisor CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ALLEN  
Promulgación EXPRESA TOTAL  
Fecha de la promulgación 19/05/2020  
Publicación BOLETIN OFICIAL Nº: 015/2010-(00621)  
Fecha de la publicación 14/06/2010  
Observaciones  
Carácter PERMANENTE  
Alcance PARTICULAR  
Fecha en que se analizó 14/06/2010  
Controlado por INTENDENCIA  
Fecha en que se controló 14/06/2010  

Resolución Municipal Nº 0635/2010

Ad Referéndum del Concejo Deliberante - Nota Nº 377/2010 (04/06/10)

Allen, 20 de Mayo de 2010

VISTO: 

La Ordenanza Municipal Nº 035/2010 publicada en el Boletín Oficial Municipal Nº 011/2010 de fecha 17 de Mayo de 2010; y 

CONSIDERANDO: 

Que la citada Ordenanza establece Rubros y Tasas para vendedores itinerantes y no itinerantes de diversos productos que se expendan en el marco de los festejos programados para el Centenario de la ciudad de Allen; 

Que asimismo deroga la Ordenanza Municipal Nº 036/05, estableciendo nuevas Tasas para los vendedores ubicados en los stands de acuerdo a los siguientes rubros: Productos Alimenticios- Productos textiles y metálicos – Talabartería – Artesanías - y Otros Artículos; 

Que la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 65 expresa textualmente: “Vigencia: Ninguna Ordenanza entrara en vigencia hasta cumplido el quinto día hábil de su publicación”

Que es necesario proceder a la brevedad, al cobro de las tasas por los Stands a ubicarse en el marco de los festejos del Centenario de nuestra ciudad; 

Que si tomamos la fecha de publicación de la Ordenanza Municipal mencionada, no se podrían efectuar los cobros en tiempo oportuno, debido a los feriados nacionales y municipales; Que la Carta Orgánica Municipal, en su Art. 38 Inc. t) prevé el mecanismo de la resolución “Ad-referéndum” del Concejo Deliberante; 

Que el mecanismo previsto en el Art. 38 Inc. t) es la herramienta adecuada para lograr el cobro de las tasas de los Stands a instalarse con motivo del Centenario de nuestra ciudad; 

POR ELLO: 

El Sr. Intendente Municipal de la ciudad de Allen, ad-Referéndum del Concejo Deliberante 

RESUELVE 

Artículo 1º: ESTABLECER como única excepción que el cómputo de la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 35/2010 se contará a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial Municipal; en consecuencia, el Municipio estará facultado a percibir los nuevos montos estipulados en la Ordenanza Nº 035/2010 a partir del 18 de Mayo del corriente año.

Artículo 2º: La presente será refrendada por todos los integrantes del Gabinete Municipal.

Artículo 3º: Háganse las comunicaciones pertinentes, cumplido archívese.- 

 

Resolución Municipal Nº 0635/2010 - Ad Referéndum del Concejo Deliberante 

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Acciones sobre otras normas

Número Acción Fecha Artículos activos Artículos pasivos
035/2010 Reglamenta 21/06/2010